miércoles, 13 de junio de 2007

* furia!!!

nuevamente me veo en la imperiosa necesidad de desahogarme...
intento entender, pero me inunda la impotencia y la decepción, y entonces se apodera mí la furia contra la burocracia, contra el desparrame de leyes arbitrarias que sirven sólo para hacer sentir a los ciudadanos de los países pobres, todavía más pobres y más desamparados.

De acuerdo a lo publicado en el Boletín Oficial del Estado Español del 12 de mayo de 2007, los extranjeros no pertenecientes a la Unión Europea que pretendan ingresar a España a partir del 12.05.2007, deberán acreditar que cuentan con un mínimo disponible de 513 euros para cubrir sus gastos de estancia. Además del mínimo indispensable, el extranjero deberá acreditar 57.60 euros diarios si el tiempo de estancia supera el mínimo antes citado.
Esta cantidad deberá acreditarse mediante efectivo, cheques certificados, cheques de viajero, cartas de pago o tarjetas de crédito acompañadas del extracto bancario o una libreta al día. Al extranjero que no cumpla con estos requisitos, no le será permitida la entrada.

ahora resulta que el gobierno español (qué pasaría si no fuera "socialista" me pregunto...) está inventándose más trabas para permitir el acceso a su reino.
en el caso concreto de méxico, la visa no es un requisito; sin embargo, en la aduanda ahora también PUEDEN (es decir, es un asunto arbitrario) solicitarle al turista mexicano
una carta de invitación, que por cierto, pueden tardar hasta tres meses en aprobar.

Orden PRE/1283/2007, de 10 de mayo, por la que se establecen los términos y requisitos para la expedición de la carta de invitación de particulares a favor de extranjeros que pretendan acceder al territorio nacional por motivos de carácter turístico o privado. (BOE núm. 113, de 11 de mayo)

Los extranjeros deberán, si así se les requiere, especificar el motivo de su solicitud de entrada para estancia en España. Los funcionarios responsables del control de entrada podrán exigirles la presentación de documentos que justifiquen o establezcan la verosimilitud del motivo de entrada invocado.
Sin perjuicio de cualquier otro medio de prueba o comprobación que puedan realizar los funcionarios responsables del control para justificar o establecer la verosimilitud de los motivos de entrada invocados, podrá exigirse, en concreto, uno o varios de los documentos siguientes:
Para los viajes de carácter turístico o privado:

  • Documento justificativo del establecimiento de hospedaje.
  • Confirmación de la reserva de un viaje organizado.
  • Billete de vuelta o de circuito turístico.
  • Invitación de un particular.
lo más "extraño" de todo, es que la nueva legislación entra en vigor, y en silencio, justo al comenzar el periodo vacacional (el lunes 11 de junio); pero en las comisarías no saben todavía muy bien cómo funciona el trámite y, mientras tanto, parece que el limbo vuelve a existir.

yo, en lugar de estar dedicada sólo a terminar la tesis, sufro mientras intento asegurar que el duende podrá entrar de nuevo a este país, en donde además tiene un carné de residencia esperando en una comisaría de madrid.
un país al que hoy me quedan pocas ganas de volver, si lo que debo hacer para conseguirlo es demostrar que no tengo la intención de venir a arrebatarles un pedazo de su riqueza y de su carísimo bienestar.

cuántos negocios, bancos y trasnacionales de origen español hay en latinoamérica?
no tienen vergüenza?
dónde está la memoria histórica!

lo sé, sueno un tanto egoísta porque se trata de una tragedia que sucede desde hace mucho y en demasiados sitios, pero parece que están desapareciendo todos los límites en cuanto a establecer límites se refiere.

IMPOTENCIA...
DECEPCIÓN...
FURIA!!!
aunque en realidad, es una profunda tristeza...

uy, uy, uyyyy. y para colmo, en las comisarías todavía no tienen el material para emitir las dichosas cartas de invitación, pero sí las pueden pedir en la aduana???
paradojas de esta realidad.

No hay comentarios.: